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RAZONES DE LO QUE CREEMOS VOL.2
Escrito por Dr. Lester Hutson

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LA PENA CAPITAL

Gn. 9:5-6

 

          El crimen ha llegado a ser una monstruosa plaga en los Estados Unidos.  Larry Hopkins, legislador del estado de Kentucky, ha dicho que hay un asesinato cada veintisiete minutos, una violación cada diez minutos, un robo cada ochenta y dos segundos, un asalto con agravante cada setenta y dos segundos y un robo de automóvil cada treinta segundos.  Y esto es sin contar todos los delitos que no se denuncian.

          Muchos “expertos” discuten sobre si la pena capital sirve para reducir el crimen y si es aceptable aplicarla o no.  Muchos liberales, entre los que hay profesores, predicadores, sicólogos, asistentes sociales y profesionales de los medios de comunicación, afirman que la pena capital no es una fuerza de disuasión del crimen.  Yo sostengo que es prácticamente imposible que lo sepamos por medios humanos.  Sin embargo, ante la evidencia de que la mayoría de los criminales han reincidido muchas veces, parece extraño afirmar que la pena capital no ayuda para controlar el crimen.  No hay nadie que haya recibido la pena capital que haya vuelto a cometer crímenes.  Larry Hopkins ha relatado cómo un atracador de bancos en Manitoba, Canadá mató a un cajero bancario en martes.  Lo capturaron enseguida, le juzgaron en jueves, le condenaron en viernes y le ejecutaron al martes siguiente.  Durante veinte años no volvieron a tener un atraco de bancos en toda la provincia de Manitoba.

          Los que supuestamente luchan por una buena causa, diciendo que la pena de muerte no es una fuerza de disuasión, se contradicen.  Saben que si no fuera por las condenas para ofensas menores, éstas irían en aumento.  Imaginemos lo que pasaría si no hubiera multas de tráfico, responsabilidad civil y castigos por hurto, robo o perjurio.  Los castigos por ofensas para reducir el crimen no solucionan todo el problema (para vencer el problema haría falta un cambio de corazón de toda la sociedad), pero, sin dudas, hacen mucho para controlar el problema.

          En la lucha por abolir la pena de muerte, no la han abolido en absoluto.  Sólo han intentado librar a los criminales atroces de ella.  No han hecho nada por salvar de la pena de muerte a los ancianos que, sin meterse con nadie, mueren mientras obedecen todas las leyes.  No han abolido la pena de muerte para las chicas inocentes que mueren después de ser violadas.  No han abolido la pena de muerte para los farmacéuticos que mueren a manos de drogadictos.  Tampoco han salvado de la pena de muerte a los que mueren a manos de gamberros en tiendas, bancos, cajas de ahorros...  Tampoco han salvado a los conductores que mueren por culpa de borrachos.  Los liberales, en nombre de hacer bien, sólo intentan salvar a los crueles criminales que no tienen piedad de nadie, ni de Dios.

          Aunque podría ofrecer muchos argumentos sólidos para contradecir a los que están en contra de la pena capital, no lo haré.  Consideraremos lo que Dios dice en su libro, la Biblia.  Según 2 Ti. 4:1-2, hemos de propagar las verdades establecidas en la Biblia, aunque nos advierte que la gran mayoría las rechazará, y lo hará a pesar de ser absolutamente ciertas.  Algunos pasajes para considerar son:  2 Ti. 4:3-4; Jer. 6:10; 36:23 y Ez. 3:7.   Para el creyente, y para cualquier persona que desea la verdad, lo que enseña la Biblia debe resolver la cuestión una vez para siempre.

          Como veremos, la Biblia, que es Palabra de Dios, enseña de forma inequívoca que hay que aplicar la pena de muerte para ciertos crímenes.  Muchas personas religiosas, incluyendo a miles de bautistas, están en desacuerdo y llaman la pena capital bárbara y anticristiana.  Sin embargo, lo que es cristiano o anticristiano, bárbaro o civilizado, bien o mal, no se determina por mayoría, sino por Dios.  Por lo tanto, nos vamos a  dedicar a averiguar lo que Dios dice sobre la pena capital.

 

I.                    AL CONSIDERAR EL ORIGEN Y LA AUTORIDAD PARA LA PENA DE MUERTE ES DE SUMA IMPORTANCIA SABER QUE DIOS LA INSTITUYÓ Y QUE LA APRUEBA.

A.            La pena capital no es la invención malévola de hombres bárbaros.  Surgió de nuestro justo Dios, que desea el bien para toda la sociedad.

1.             Algunos argumentan que la pena de muerte se originó con la ley de Moisés y, por consiguiente, no es aplicable hoy en día.

2.             Dios dijo a Noé, por lo menos ochocientos años antes de la ley de Moisés:  “Porque ciertamente demandaré la sangre de vuestras vidas; de mano de todo animal la demandaré, y de mano del hombre; de mano del varón su hermano demandaré la vida del hombre.  El que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre será derramada; porque a imagen de Dios es hecho el hombre” (Gn. 9:5-6).  Los hombres pueden decir lo que quieran, pero Dios aprobó la ejecución de asesinos declarados culpables.  Hay una diferencia entre homicidio involuntario y asesinato, y también entre sospechosos y declarados culpables de asesinato.  Había disposiciones legales para los que mataban sin premeditación y para los culpables de homicidios involuntarios.  Pero en cuanto a los declarados culpables de asesinato, la pena era capital (del vocablo latín que significa “cabeza”).  Es decir, el asesino pagaba con su cabeza o vida.  Sólo por ser impopular no significa que Dios haya cambiado de parecer, revocando su decreto.

3.             Además, es importante comprender que la pena capital no fue establecida por un consejo humano, ni por algún rey famoso, ni por una persona destacada en la historia, ni por algún gobierno, sino por Dios.

B.            Cuando Dios dio la ley de Moisés, volvió a enfatizar la pena de muerte.

1.             Dijo en Éx. 21:12:  “El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá.” 

2.             Como veremos a continuación, al dar la ley, Dios amplió la aplicación de la pena de muerte a otras ofensas.

C.            Además, Dios nunca anuló la pena capital.

1.             A diferencia de lo que algunos opinan, la ley no anuló la pena capital.  Algunos citan Éx. 20:13:  “No matarás”, como anulación de la pena capital; pero así le obligan a Dios a contradecirse de forma inmediata, porque en el capítulo siguiente, dijo:  “El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá” (Éx. 21:12).  Y, a continuación, Dios exige la pena de muerte para dieciséis ofensas más. 

2.             Después de que Cristo cumpliera la ley (Mt. 5:17; Ro. 10:4), Dios nunca anuló la pena de muerte.  Los romanos y judíos creían firmemente en ella, pero Jesús nunca condenó la pena de muerte.  Aunque Cristo sufrió la pena capital de forma injusta, nunca se quejó de que la ley en sí fuera injusta.  El ladrón que murió creyendo en Cristo, indicó que su propia muerte y la del ladrón sin arrepentimiento eran muertes justas (Lc. 23:41).  No condenó la pena de muerte, sino afirmó que era una forma justa para condenar a malhechores.  El apóstol Pablo aceptaba la pena de muerte.  Incluso, afirmó que si él fuera culpable, se sometería a ella.  En su juicio ante Festo dijo:  “Porque si algún agravio, o cosa alguna digna de muerte he hecho, no rehúso morir” (Hch. 25:11).  En 1 Ti. 1:8-10 Pablo, refiriéndose a la ley del Antiguo Testamento con sus castigos, dijo:  “Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente; conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y matricidas, para los homicidas, para los fornicarios, para los sodomitas, para los secuestradores, para los mentirosos y perjuros, y para cuanto se oponga a la sana doctrina”.   Es evidente que no aprovechó la ocasión para refutar la pena de muerte.  Incluso, tan tardío como en Ap. 13:10, se repite el principio de la pena capital, diciendo:  “si alguno mata a espada, a espada debe ser muerto”.

 

II.                 AUNQUE EL CASO PRINCIPAL PARA APLICAR LA PENA DE MUERTE ERA EL ASESINATO, TAMBIÉN HABÍA OTRAS OFENSAS QUE REQUERÍAN SU APLICACIÓN.

A.            Enfatizo que la pena de muerte principalmente era para los asesinos.

1.             Al establecer la pena (Gn. 9:5-6), Dios especificó la ofensa del asesinato.

2.             Se reitera la aplicación de la pena de muerte para asesinos en Éx. 21:12; Lv. 24:17 y Dt. 19:12-13.

B.            Veamos algunas otras ofensas que merecían la pena de muerte bajo la ley.

1.             Muerte por negligencia de otro (Éx. 21:29).

2.             Violación sabática (Éx. 35:2).

3.             Maldición de padres por sus hijos (Éx. 21:17; Lv. 20:9).

4.             Rebeldía continuada de hijos contra padres (Dt. 21:13-21)

5.             Bestialismo (Éx. 22:19; Lv. 20:15-16).

6.             Brujería (Éx. 22:18; Lv. 20:27).

7.             Adulterio (Lv. 20:10; Dt. 22:22).

8.             Incesto (Lv. 20:11-12, 14, 17).

9.             Actos homosexuales (Lv. 20:13).

10.         Prostitución (Dt. 22:20-21).

11.         Violación sexual (Dt. 22:23-25).

12.         Robo de propiedad pública (Jos. 7:10-26).

13.         Secuestro para tráfico de esclavos (Éx. 21:16; Dt. 24:7).

14.         Idolatría (Éx. 22:20; Dt. 13:6-10; 17:2-7).

15.         Falsas profecías (Dt. 13:1-5; 18:20).

16.         Blasfemia (Lv. 24:16; 1 R. 21:10-13).

C.            ¿Cómo se puede cuestionar la postura bíblica ante esta evidencia?

1.             No es el propósito de este estudio especificar cuáles de estas ofensas merecen la pena de muerte hoy en día.  Algunas de ellas eran específicamente para el pueblo de Israel.

2.             El propósito de este estudio es demostrar que la Palabra de Dios enseña de forma inequívoca la pena de muerte, y que esta pena se origina en ella.  Los que argumentan en contra de la pena capital, lo tienen que hacer sin apoyo bíblico.

 

III.               LA APLICACIÓN DE LA PENA DE MUERTE NO DEBE SER POR INDIVIDUOS, SINO POR EL GOBIERNO CIVIL.

A.            Dios estableció el gobierno humano en Gn. 9:1-12.

1.             Antes del diluvio, no había ningún gobierno humano reconocido para impedir y castigar a los malhechores.  Aparentemente, Dios trató de forma directa las cuestiones de justicia.  Caín mató a Abel, pero Dios le perdonó la vida.  Cuando Lamec mató a otro en defensa propia, no tuvo que defenderse ante ningún tribunal humano. 

2.             Sin embargo, después del diluvio, Dios especificó que se había de aplicar la pena de muerte por asesinatos.  Dios la ordenó, y dijo que los hombres la aplicasen.

B.            Hay ciertas responsabilidades colectivas de los hombres.

1.             Por ejemplo, la gran comisión (Mt. 28:19-20) debe ser realizada por la iglesia como institución, no por individuos aparte de la iglesia.  Es cierto que individuos realizan el trabajo, pero lo hacen como participantes de la institución que Dios ordenó para ello.

2.             Asimismo, la aplicación de la pena capital no es por individuos como tales.  Ha de aplicarla el gobierno que Dios ha instituido. 

3.             Los individuos no deben vengarse.  Es la responsabilidad del gobierno.  Ro. 13:1-7 dice:  “Sométase toda persona a las autoridades superiores; porque no hay autoridad sino de parte de Dios, y las que hay, por Dios han sido establecidas.  De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten, acarrean condenación para sí mismos.  Porque los magistrados no están para infundir temor al que hace el bien, sino al malo.  ¿Quieres, pues, no temer la autoridad?  Haz lo bueno, y tendrás alabanza de ella; porque es servidor de Dios para tu bien.  Pero si haces lo malo, teme; porque no en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar el que hace lo malo.  Por lo cual es necesario estarle sujetos, no solamente por razón del castigo, sino también por causa de la conciencia.  Pues por esto pagáis también los tributos, porque son servidores de Dios que atienden continuamente a esto mismo.  Pagad a todos lo que debéis:  al que tributo, tributo; al que impuesto, impuesto; al que respeto, respeto; al que honra, honra.”  Dios ordena la autoridad gubernamental.  Una de las funciones de la autoridad gubernamental es la de llevar “la espada”, que no es para dar azotes, sino para matar.  Así que, en completa armonía con el resto de la Biblia, este pasaje vuelve a enfatizar la autoridad y responsabilidad del gobierno de aplicar la pena de muerte a los que comenten ciertos crímenes graves.

4.             El apóstol Pedro afirmó que una de las funciones del gobierno es el “castigo de los malhechores” (1 P. 2:13-14).

5.             Debemos recordar las palabras de Pablo ante Festo en Hch. 25:11.  Pablo dijo al mismo jefe de estado que si había hecho alguna cosa “digna de muerte”, no rehusaba morir.  Según el razonamiento de muchos seudointelectuales modernos, no hay ningún crimen “digno de muerte”.  Pero su pensamiento está en desacuerdo con lo que establece la Biblia, tanto en el Antiguo Testamento como en el Nuevo.

C.            Es interesante que la pena de muerte constituye el fundamento de la salvación.

1.             Jesucristo sufrió la pena de muerte.  Desde nuestra perspectiva, su ejecución fue injusta.  Sin embargo, desde el punto de vista de Dios, fue justa.

2.             Aunque Cristo no cometió ningún crimen, “llevó él mismo nuestros pecados en su cuerpo” (1 P. 2:24).  Desde el punto de vista de Dios, tuvo que morir para que se hiciera justicia.

3.             Si no hubiera habido pena capital en los tiempos de Jesús, hoy no habría salvación para el pecador.  Si los que protestan contra la pena capital hubieran llegado a suprimir esta ley de los romanos y judíos, entonces hoy no habría salvación para nadie, porque el Salvador tuvo que morir “conforme a las escrituras”.

 

Puede que la pena capital no sea popular, y nadie debería alegrarse por la muerte de otro.  Es una lástima que algunos tengan comportamientos que merecen la muerte a manos del estado.  Sin embargo, cuando ese es el caso, la Palabra de Dios enseña que no deben continuar con vida. 

 

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